Preámbulo (final)
“Es por todo ello que el presente Estatuto establece que:
Primero.- Cataluña es una nación.
Segundo.- La Generalidad restablecida en 1931 nunca ha dejado de existir, en tierra propia o en el exilio, gracias a la tenacidad de nuestro pueblo y a la fidelidad de sus dirigentes.
Tercero.- Cataluña, afirmando sus derechos históricos, ha desarrollado y tiene una posición singular en lo que se refiere a la lengua, la cultura, el derecho civil y la organización territorial.
Cuarto.- Cataluña es un país rico en territorios y gentes, una diversidad que la define y la enriquece desde hace siglos y la fortalece para los tiempos que vienen.
Quinto.- Cataluña considera que España es un Estado plurinacional.
Sexto.- Cataluña convive fraternalmente con los pueblos de España y también es solidaria con el resto del mundo.
Séptimo.- El derecho catalán es aplicable de forma preferente.
Octavo.- La tradición política democrática de Cataluña ha subrayado siempre la importancia de los derechos y los deberes, del saber, de la educación, de la cohesión social y de la igualdad de derechos, y hoy, en especial, de la igualdad entre mujeres y hombres.
Noveno.- El acceso a los sistemas universales de comunicación, transporte, innovación, investigación y tecnología, así como el desarrollo sostenible, deben ser decisivos para los catalanes.
Décimo.- Cataluña, a través del Estado, pertenece a la Unión Europea, comparte los valores y el modelo de bienestar y de progreso europeos y ofrece su amistad y colaboración a las comunidades y las regiones vecinas para formar, desde el Mediterráneo, una eurorregión útil para el progreso de los intereses comunes en el marco de sus competencias.
Por fidelidad a dichos principios y para hacer realidad el derecho inalienable de Cataluña
al autogobierno, los parlamentarios catalanes proponen:”
El fastuoso preámbulo, redactado al parecer por el insigne filósofo Xavier Rubert de Ventós, concluye como todos los fuegos de artificio que se precien con una traca final de diez cohetes, de los cuales el tercero y el séptimo no resultan especialmente estruendosos. Pero los otros... Conviene recordar cuando se leen que los diez están encabezados por la frase “el estatuto establece”.
Primero, que Cataluña es una nación. Cosa que repite luego el artículo primero, como una especie de obsesivo ritornello, o una forma de autoconvencerse de algo de lo que no se está muy seguro. Pero es curioso: no es que Cataluña sea una nación, sino que el estatuto establece que lo es. ¿Es un lapsus? Yo creía que lo era por narices, por que sí, por derecho histórico, por tradición ancestral.
Segundo, la Generalitat nunca ha dejado de existir desde 1931. Ya lo hemos comentado en el capítulo 2. Realmente la tenacidad de nuestro pueblo durante el franquismo defendiendo la continuidad de una Generalitat cuya existencia la inmensa mayoría ignoraba fue emocionante.
El cuarto “establece” que Cataluña es un país rico en territorios y gentes. Así, por decreto. ¿En qué debe consistir ser rico en territorios? Porque un país muy grande no es que seamos... Creo que es una reminiscencia poética del himno nacional: “Catalunya triomfant tornarà a ser rica i plena”. O tal vez es un guiño referido a que, no pudiendo ser ricos en dinero por culpa del expolio español, lo somos en territorios y gentes. Pero vamos, que si el estatuto “lo establece”, pues así será, qué caramba.
El quinto me encanta, es una de mis frases favoritas: Cataluña considera que España es un estado plurinacional. Recordemos que la frase completa sería, de hecho, mucho más gloriosa: “el presente estatuto establece que Cataluña considera que España es un estado plurinacional”. Y si los españoles no están de acuerdo, pues que se lo hagan mirar. Eso sí, que no se le ocurra a nadie “establecer que España considera que Cataluña es una región”, porque la liamos. Cataluña, en bloque, como un solo hombre, ha considerado eso. No se hable más.
Y el sexto tampoco está mal, sobre todo por omitir lo que tan fácil hubiera sido incluir: “los demás pueblos de España”. No, de eso nada, se dirían los ponentes. Y añadieron una bonita referencia a la solidaridad universal, que siempre queda bien y que además introduce aquí, justo aquí, un interesante matiz que equipara a los pueblos de España con los de, por ejemplo, la Polinesia. Todos ellos merecedores por igual de la ecuménica solidaridad catalana.
El noveno es de aquellos que te hacen preguntarte sencillamente “¿y esto que pinta aquí?”: el estatuto establece que “El acceso a los sistemas universales de comunicación, transporte, innovación,
investigación y tecnología, así como el desarrollo sostenible, deben ser decisivos para los catalanes”. Pues nada, si el estatuto establece que sea decisivo, que lo sea.
El décimo tiene miga, por decir sin decir, y mencionar sin citar. “Cataluña, a través del estado, pertenece a la Unión Europea”. El estado... debe ser España, ¿no? Mención innecesaria, por tanto, pero ocasión para la autosatisfacción nacional: si le quitamos la subordinada, “Cataluña pertenece a Europa”, que es de lo que se trata. Y lo del estado es una simple cuestión administrativa. Vamos, como aquellos que juran “por imperativo legal”. La referencia posterior a la eurorregión va en la misma línea de advertir que Cataluña tiene vida propia en el ámbito internacional.
Y por último, antes de zambullirse en el articulado, redoble de tambores: “Por fidelidad a dichos principios y para hacer realidad el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno, los parlamentarios catalanes proponen:” . Para hacer realidad el derecho inalienable al autogobierno... Volvemos a las andadas: si el amplísimo estado de las autonomías no es autogobierno, porque éste aún se ha de hacer realidad, ¿en qué estamos pensando? ¡Silencio otra vez, que la final nos van a descubrir!
Primero.- Cataluña es una nación.
Segundo.- La Generalidad restablecida en 1931 nunca ha dejado de existir, en tierra propia o en el exilio, gracias a la tenacidad de nuestro pueblo y a la fidelidad de sus dirigentes.
Tercero.- Cataluña, afirmando sus derechos históricos, ha desarrollado y tiene una posición singular en lo que se refiere a la lengua, la cultura, el derecho civil y la organización territorial.
Cuarto.- Cataluña es un país rico en territorios y gentes, una diversidad que la define y la enriquece desde hace siglos y la fortalece para los tiempos que vienen.
Quinto.- Cataluña considera que España es un Estado plurinacional.
Sexto.- Cataluña convive fraternalmente con los pueblos de España y también es solidaria con el resto del mundo.
Séptimo.- El derecho catalán es aplicable de forma preferente.
Octavo.- La tradición política democrática de Cataluña ha subrayado siempre la importancia de los derechos y los deberes, del saber, de la educación, de la cohesión social y de la igualdad de derechos, y hoy, en especial, de la igualdad entre mujeres y hombres.
Noveno.- El acceso a los sistemas universales de comunicación, transporte, innovación, investigación y tecnología, así como el desarrollo sostenible, deben ser decisivos para los catalanes.
Décimo.- Cataluña, a través del Estado, pertenece a la Unión Europea, comparte los valores y el modelo de bienestar y de progreso europeos y ofrece su amistad y colaboración a las comunidades y las regiones vecinas para formar, desde el Mediterráneo, una eurorregión útil para el progreso de los intereses comunes en el marco de sus competencias.
Por fidelidad a dichos principios y para hacer realidad el derecho inalienable de Cataluña
al autogobierno, los parlamentarios catalanes proponen:”
El fastuoso preámbulo, redactado al parecer por el insigne filósofo Xavier Rubert de Ventós, concluye como todos los fuegos de artificio que se precien con una traca final de diez cohetes, de los cuales el tercero y el séptimo no resultan especialmente estruendosos. Pero los otros... Conviene recordar cuando se leen que los diez están encabezados por la frase “el estatuto establece”.
Primero, que Cataluña es una nación. Cosa que repite luego el artículo primero, como una especie de obsesivo ritornello, o una forma de autoconvencerse de algo de lo que no se está muy seguro. Pero es curioso: no es que Cataluña sea una nación, sino que el estatuto establece que lo es. ¿Es un lapsus? Yo creía que lo era por narices, por que sí, por derecho histórico, por tradición ancestral.
Segundo, la Generalitat nunca ha dejado de existir desde 1931. Ya lo hemos comentado en el capítulo 2. Realmente la tenacidad de nuestro pueblo durante el franquismo defendiendo la continuidad de una Generalitat cuya existencia la inmensa mayoría ignoraba fue emocionante.
El cuarto “establece” que Cataluña es un país rico en territorios y gentes. Así, por decreto. ¿En qué debe consistir ser rico en territorios? Porque un país muy grande no es que seamos... Creo que es una reminiscencia poética del himno nacional: “Catalunya triomfant tornarà a ser rica i plena”. O tal vez es un guiño referido a que, no pudiendo ser ricos en dinero por culpa del expolio español, lo somos en territorios y gentes. Pero vamos, que si el estatuto “lo establece”, pues así será, qué caramba.
El quinto me encanta, es una de mis frases favoritas: Cataluña considera que España es un estado plurinacional. Recordemos que la frase completa sería, de hecho, mucho más gloriosa: “el presente estatuto establece que Cataluña considera que España es un estado plurinacional”. Y si los españoles no están de acuerdo, pues que se lo hagan mirar. Eso sí, que no se le ocurra a nadie “establecer que España considera que Cataluña es una región”, porque la liamos. Cataluña, en bloque, como un solo hombre, ha considerado eso. No se hable más.
Y el sexto tampoco está mal, sobre todo por omitir lo que tan fácil hubiera sido incluir: “los demás pueblos de España”. No, de eso nada, se dirían los ponentes. Y añadieron una bonita referencia a la solidaridad universal, que siempre queda bien y que además introduce aquí, justo aquí, un interesante matiz que equipara a los pueblos de España con los de, por ejemplo, la Polinesia. Todos ellos merecedores por igual de la ecuménica solidaridad catalana.
El noveno es de aquellos que te hacen preguntarte sencillamente “¿y esto que pinta aquí?”: el estatuto establece que “El acceso a los sistemas universales de comunicación, transporte, innovación,
investigación y tecnología, así como el desarrollo sostenible, deben ser decisivos para los catalanes”. Pues nada, si el estatuto establece que sea decisivo, que lo sea.
El décimo tiene miga, por decir sin decir, y mencionar sin citar. “Cataluña, a través del estado, pertenece a la Unión Europea”. El estado... debe ser España, ¿no? Mención innecesaria, por tanto, pero ocasión para la autosatisfacción nacional: si le quitamos la subordinada, “Cataluña pertenece a Europa”, que es de lo que se trata. Y lo del estado es una simple cuestión administrativa. Vamos, como aquellos que juran “por imperativo legal”. La referencia posterior a la eurorregión va en la misma línea de advertir que Cataluña tiene vida propia en el ámbito internacional.
Y por último, antes de zambullirse en el articulado, redoble de tambores: “Por fidelidad a dichos principios y para hacer realidad el derecho inalienable de Cataluña al autogobierno, los parlamentarios catalanes proponen:” . Para hacer realidad el derecho inalienable al autogobierno... Volvemos a las andadas: si el amplísimo estado de las autonomías no es autogobierno, porque éste aún se ha de hacer realidad, ¿en qué estamos pensando? ¡Silencio otra vez, que la final nos van a descubrir!
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